Errores en proyectos BESS: cinco expedientes, un patrón
Los errores en proyectos BESS adquieren otra dimensión cuando empiezan a resultar familiares. Se abre un expediente nuevo, cambian el municipio, la sociedad y la potencia, pero reaparecen una justificación de recarga que no concuerda con el permiso, una corriente reducida sin demostración suficiente o el nombre de otra instalación dentro del presupuesto.
Eso es lo que hace especialmente reveladores los cinco proyectos de Buenavista que hemos examinado. El interés de esta revisión está en seguir el recorrido de esas incoherencias y comprobar qué tienen en común con documentos que ya analizamos en Tenerife.
La comparación permite sostener dos conclusiones: existen problemas técnicos y documentales recurrentes, y en varios de los expedientes comparados está acreditada la coincidencia del redactor. La posible reutilización de una base documental es una explicación razonable del patrón; el proceso interno de elaboración no lo conocemos.
Buenavista: cinco nombres y una misma implantación
El 16 de octubre de 2026, el Boletín Oficial de Canarias publicó las solicitudes de autorización de Capella VI, Capella VII, Capella VIII, Capella X y Polaris II Buenavista, en Las Palmas de Gran Canaria. Sus cifras anunciadas suman 47,2 MW de potencia de generación y 200,1 MWh nominales de almacenamiento.
| Proyecto | Expediente | Potencia de generación anunciada | Energía nominal |
|---|---|---|---|
| Capella VI | AT24/029 | 9,8 MW | 41,4 MWh |
| Capella VII | GE25/031 | 8 MW | 34,5 MWh |
| Capella VIII | AT24/031 | 9,8 MW | 41,4 MWh |
| Capella X | AT24/032 | 9,8 MW | 41,4 MWh |
| Polaris II | AT24/033 | 9,8 MW | 41,4 MWh |
Los anuncios 3578, 3582, 3579, 3580 y 3581 abren el trámite de información pública. No son autorizaciones concedidas.
Los cinco proyectos identifican la misma parcela de implantación. El plano 17 representa las cinco instalaciones y un edificio de control compartido, mientras otros apartados hablan de infraestructuras exclusivas y de un edificio para nueve proyectos futuros.
El esquema eléctrico dibuja ramales separados. La relación entre las instalaciones está documentada, pero de ella no se deduce automáticamente una única línea común ni un fraccionamiento irregular. Lo pendiente es delimitar con precisión activos, titularidades, servicios auxiliares, accesos y responsabilidades compartidas.

Los 18 kW: un argumento que reaparece con permisos distintos
En Tucana VIII, cuya auditoría publicamos en septiembre, la memoria desarrollaba la recarga sobre un supuesto límite de 18 kW. Sin embargo, su propio anexo concedía 4.000 kW de demanda. La contradicción puede comprobarse en las páginas 160–162 y 593 del proyecto.
En Buenavista aparece de nuevo el razonamiento sobre los 18 kW, pero el contenido de los permisos obliga a distinguir tres situaciones.
Tres proyectos mantienen el problema energético
Capella VIII, Capella X y Polaris II incorporan permisos de demanda de 18 kW. Con esa potencia, reponer idealmente 41,4 MWh exige 2.300 horas: 95,83 días, antes de pérdidas y auxiliares.
La memoria reconoce que solo podrían entrar 0,432 MWh diarios y concluye que la limitación no compromete la viabilidad. Falta demostrar qué régimen de recarga sostiene el servicio previsto. Un sistema de gestión puede administrar la energía disponible; no amplía por sí mismo la capacidad de acceso.
Ese problema ya se describió en Capella V 337, dentro del conjunto de Los Realejos: 41,4 MWh frente a 18 kW de demanda. La coincidencia afecta a una cuestión esencial del funcionamiento.
Capella VII repite la discordancia de Tucana VIII
Capella VII sí incorpora un permiso actualizado de 1.500 kW de demanda. Sin embargo, su memoria continúa utilizando 18 kW. Aquí el defecto es no trasladar a la justificación operativa el permiso que figura en el propio expediente.
Con 1,5 MW, cargar sus 34,5 MWh requiere 23 horas ideales. La descarga completa a 8 MW añade 4,31 horas. Eso limita los ciclos completos posibles, sin demostrar que cualquier servicio de reserva o regulación resulte inviable. El programa de operación debe ajustarse a la energía y al acceso reales.

Capella VI aporta una propuesta condicionada
Capella VI incluye una propuesta previa para ampliar la demanda a 1.500 kW, condicionada al refuerzo de dos transformadores de red de 36 a 40 MVA. No acredita por esa sola propuesta un permiso final ni el refuerzo ejecutado; el formulario de aceptación incorporado está sin completar.
Incluso con la ampliación, cargar 41,4 MWh exigiría 27,6 horas ideales. Presentar los cinco casos como si todos tuvieran el mismo permiso sería reproducir el defecto que estamos señalando: sustituir las condiciones particulares por un relato general.
La coincidencia del redactor está documentada
Los cinco anuncios de Buenavista identifican como firmante a Arcadio Domínguez Jiménez, ingeniero técnico industrial, colegiado 3311, con proyectos fechados el 21 de agosto de 2026.
El anuncio oficial de Tucana VIII identifica al mismo profesional y fecha su proyecto el 19 de mayo de 2026. Además, hemos comprobado su nombre en la portada de Capella VIII 340, expediente SE24/027, uno de los proyectos de Los Realejos revisados anteriormente.
Por tanto, en estos casos la coincidencia de autoría está acreditada. No la extendemos a otros proyectos sin comprobar sus documentos.
Esto permite formular una crítica concreta al trabajo firmado: un mismo redactor aparece en expedientes diferentes que arrastran contradicciones semejantes entre memoria, permisos, cálculos y documentación de apoyo.
También importa respetar las fechas. Los proyectos preceden a algunas de nuestras publicaciones. Lo demostrado es la recurrencia documental, no que el técnico conociera y desatendiera nuestras advertencias.
Reutilizar una estructura de proyecto puede ser razonable. El problema surge cuando las hipótesis y conclusiones heredadas sobreviven a cambios de potencia, emplazamiento, equipos o permisos sin una revisión completa.
Errores en proyectos BESS: reducir la corriente ya calculada
La comparación con Los Realejos ofrece un segundo ejemplo verificable. En Capella VIII 340, las páginas 151–152 calculan 132,79 A para 4,6 MW a 20 kV y después aplican un factor de 0,8. Las páginas 156–158 repiten el procedimiento para la agrupación, con un factor de 0,75.
En Buenavista se calcula que 9,8 MW a 20 kV y factor de potencia unidad representan 282,90 A. A continuación, la memoria reduce esa corriente a 226,32 A mediante un coeficiente de 0,8.
La objeción es la misma: la corriente inicial ya corresponde a la potencia de evacuación considerada. Distribuir el trabajo entre convertidores no reduce la suma que atraviesa el tramo agregado. Una limitación operativa garantizada o un cálculo térmico cíclico pueden justificar otra condición de diseño, pero deben demostrarse.
En el tramo agregado descrito, los 243 A admisibles declarados para 240 mm² no cubren 282,90 A continuos. Capella VII requiere un contraste diferente: sus 230,94 A sí quedan por debajo de esos 243 A, pero superan los 223,56 A obtenidos al aplicar los coeficientes del proyecto a la base de la ficha del cable bajo tubo.

La base térmica
También cambia la base térmica de 400 mm² entre memoria y ficha: 485 A frente a 450 A. Con los mismos coeficientes resultan 314,28 y 291,60 A. Una operación impresa atribuye incorrectamente el primer resultado a la segunda base.
Las caídas de tensión tampoco reproducen las operaciones escritas. Para 9,8 MW, el contraste resistivo da 134,10 V a plena corriente y 107,28 V con la reducción, frente a los 111,202 V publicados. En Capella VII resultan 109,47 y 87,58 V, sin recuperar sus cifras impresas de 111,202 y 84,48 V.
No trasladamos automáticamente las conclusiones térmicas de una instalación a otra. Lo que se repite es una justificación insuficiente; cada tramo necesita su cálculo con la configuración real.
Errores en proyectos BESS: nombres y coordenadas que dejan pistas
La auditoría de Tucana VIII ya había localizado planos identificados a nombre de Tucana Batteries VII. En Buenavista, partidas de cableado de Capella VIII, Capella X y Polaris II mantienen la denominación Capella VI. A su vez, los anuncios de los otros cuatro titulares sitúan el origen de sus líneas en el centro de Capella VI.
Puede existir una infraestructura compartida, un error de identificación o una combinación de ambas cosas. Debe aclararse. Un nombre ajeno dentro de un documento técnico obliga a revisar qué otros datos se han trasladado con él.
La tabla de coordenadas de los cinco proyectos reproduce otro problema. Al reconstruir sus diez vértices se obtienen aproximadamente 136.864,60 m² y 20.272,13 metros de perímetro, incompatibles con los 1.917 m² y 182 metros declarados. Es el resultado de la tabla publicada, no la superficie real del terreno.
El vértice B presenta un desplazamiento aparente de unos diez kilómetros. Corregirlo solo como ensayo diagnóstico tampoco recupera las cifras declaradas: resultan 3.264,60 m² y 291,34 metros. Hace falta un levantamiento válido, con ámbitos exclusivos y comunes y coordenadas geográficas revisadas.
En Polaris II aparece, además, un cerramiento de 142,31 metros en el anuncio, frente a 182 en la memoria. Los 142,31 m² figuran en otro apartado como ocupación de equipos. La coincidencia aconseja comprobar una posible transposición, sin darla por demostrada.
Lo que el patrón documental deja pendiente
La comparación no agota los hallazgos de Buenavista. Permite ordenar sus consecuencias: cuando los documentos no describen una misma base de diseño, la incoherencia alcanza a varias disciplinas.
El emplazamiento y la identidad administrativa
Las memorias describen suelo urbano industrial, mientras los informes urbanísticos aportados señalan suelo rústico SRPI 2 y SRPP 3 y condicionan la implantación a SRPI 2. La firma de un representante de la promotora no acredita por sí sola un pronunciamiento municipal. La copia genérica contrastada para Capella VI tampoco tiene atribución firmada inequívoca a esa sociedad.
Debe acreditarse la clasificación y superponerse la implantación a las categorías territoriales. La contradicción no prueba una ocupación ilegal de suelo protegido.
Además, en Capella VIII, Capella X y Polaris II los permisos describen Marzagán y 39,2 MWh, frente a Carretera del Rincón y 41,4 MWh en las memorias. Capella VII mantiene 9.800 kW instalados en el encabezamiento del permiso frente a 9.000 kW AC en la memoria. Esas correspondencias requieren confirmación documental, no una declaración automática de invalidez del acceso.
La seguridad eléctrica necesita números coherentes
Los cálculos adoptan un 8 % de impedancia de transformación, mientras la ficha indica un 7 %, con tolerancia de ±10 %. El contraste simplificado por devanado ofrece 38,70 kA con el 8 %, 44,23 kA con el 7 % y 49,14 kA con el 6,3 %. El cálculo definitivo debe modelar el transformador de tres devanados y la red real.
En Capella VI ya constan 866 MVA máximos y 174,7 MVA mínimos de cortocircuito de red. Deben conciliarse con los 250 MVA empleados en la memoria; no corresponde describirlos como datos totalmente ausentes.
La selectividad tampoco queda demostrada mediante una lista de funciones de protección cuando los ajustes se aplazan. Las tierras necesitan tensiones de paso y contacto y evaluación de potenciales transferidos. Los 17,65 ohmios calculados para un electrodo de baja tensión de Capella VI no pueden extrapolarse sin más a la malla de media tensión.
Incendios, campos magnéticos y equipos siguen sin una definición única
Reaparece la referencia al Reglamento de incendios de 2004, también señalada en Tucana VIII y Los Realejos. Debe justificarse el régimen aplicable frente al Real Decreto 164/2025, incluidas sus disposiciones transitorias. Las alternativas de catálogo deben concretarse en una solución de detección, extinción, propagación, gases e intervención.
Las tablas de campos magnéticos contienen resultados «Por verificar» y criterios contradictorios de atenuación. Eso no acredita cumplimiento ni superación de límites: exige completar el cálculo.
Asimismo, la memoria identifica CGM 3 y describe aislamiento en aire, mientras el fabricante identifica esa familia como aislamiento integral en gas y los anexos corresponden a cgm.zero24. No se demuestra que vaya a instalarse SF6; queda sin cerrar el modelo. También deben conciliarse las descripciones de aislamiento HEPR y XLPE del cable.
Las prestaciones anunciadas necesitan un balance completo
Las cuatro horas de descarga requieren energía neta en el punto de conexión. En los proyectos de 9,8 MW, el margen entre 41,4 MWh nominales y 39,2 MWh entregados sería del 5,31 % de la capacidad bruta. En Capella VII, entre 34,5 y 32 MWh, sería del 7,25 %. Deben cubrirse pérdidas, reserva y degradación.
El producto de eficiencias de las tablas da 95,47–95,86 %, frente al 96–97 % de las conclusiones. Tampoco concilian las pérdidas de media tensión del 0,05 % con una eficiencia posterior del 98,5 %. El rendimiento de descarga debe distinguirse del de un ciclo completo.
Los auxiliares suman 39,42 kW en cuatro proyectos, aunque el texto conserva 38,82 kW. La reserva rotulada como 20 % representa el 15,20 %; en Capella VII, el 16,93 %. Las referencias a dos, tres y cuatro horas de respaldo requieren identificar equipos y cargas efectivamente cubiertos. El anexo adicional de baja tensión de Capella VI debe integrarse en esa conciliación.
La obra y el presupuesto también deben describir la misma instalación
Las cimentaciones se presentan mediante dimensiones orientativas para equipos cuyas fichas atribuyen 55 toneladas por batería y 26,5 toneladas por MVS. Hace falta cerrar terreno, apoyos, anclajes, drenaje y condiciones de ejecución.
Los estudios acústicos y ambientales independientes referidos por la memoria no forman parte del conjunto examinado. Esto limita la revisión; no demuestra que falten en el expediente administrativo. Deben poder valorarse los efectos acumulados y el ciclo de vida de las baterías, además de los residuos de obra.
Los presupuestos de contrata coinciden con los anuncios, pero aparecen 3.450 metros de línea frente a 3.421 declarados, un 7 % rotulado como IVA y cinco terminales en una partida de Capella VII que requiere justificar las interfaces de ambos extremos del circuito trifásico.
Capella VI añade un presupuesto de refuerzo de red de 3.275.174 euros, sin IGIC, denominado Capella VII. Deben aclararse titularidad, imputación y calendario antes de considerarlo incluido o sumarlo al coste de la planta.

La respuesta útil a los errores en proyectos BESS
La repetición cambia el tipo de corrección necesaria. Resolver una cifra en Buenavista no elimina el mismo razonamiento en otro expediente. Una revisión eficaz debería localizar todas las versiones que lo contienen, fijar los datos particulares y comprobar de nuevo las conclusiones afectadas.
Eso exige al redactor revisar transversalmente el trabajo firmado; al promotor, disponer de documentación coherente para su instalación; y a la Administración, tramitar y resolver sobre versiones identificables y corregir la información publicada cuando proceda.
La reutilización de documentos solo ahorra trabajo si la verificación acompaña a cada adaptación. Cuando cambia el nombre del proyecto pero permanece una hipótesis equivocada, la corrección sigue pendiente aunque el expediente tenga otra portada.
Las cinco auditorías que se adjuntan
Adjuntamos una auditoría documental independiente para cada instalación:
- Capella VI Buenavista — AT24/029.
- Capella VII Buenavista — GE25/031.
- Capella VIII Buenavista — AT24/031.
- Capella X Buenavista — AT24/032.
- Polaris II Buenavista — AT24/033.
Los informes recogen evidencias por página, cálculos de contraste, prioridades y medidas de subsanación. Distinguen errores comprobados, justificaciones pendientes y límites de la documentación disponible. Su alcance es documental y no sustituye una inspección de las instalaciones.
La comparación con Tucana VIII y Los Realejos explica por qué esta vez hablamos de un patrón. Las auditorías adjuntas permiten comprobar, proyecto por proyecto, dónde vuelve a aparecer.
Revisión documental: 18 de octubre de 2026.
Álvaro Medina
Seudónimo editorial de la persona responsable de Canarias Sostenible.
alvaro.medina@canarias-sostenible.es
Telegram:@alvaromedina1
